Impuesto de no residentes (IRNR) para propietarios en España
Si vive fuera de España y tiene aquí una vivienda o ingresos, probablemente deba presentar el impuesto sobre la renta de no residentes. Nos ocupamos de hacerlo bien y a tiempo.

Quién tiene que presentar el impuesto de no residentes
El impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR) grava las rentas que obtienen en España las personas que no son residentes fiscales aquí. En general, se considera residente a quien pasa en España más de 183 días al año o tiene aquí el centro de sus intereses; quien no cumple esas condiciones tributa como no residente por lo que obtiene en España.
El caso más habitual es el del propietario extranjero de una vivienda en la costa. Pero también afecta a quien cobra alquileres, a quien vende un inmueble o a quien tiene otras rentas en España.
Las tres situaciones más habituales de un propietario
- Vivienda que usa usted o está vacía. Aunque no la alquile, la ley considera que obtiene una renta por tenerla, y hay que declararla cada año.
- Vivienda alquilada. Los alquileres se declaran por los periodos que marca la normativa. Según su país de residencia, podrá deducir o no algunos gastos.
- Venta de la vivienda. Al vender, el comprador debe retener una parte del precio a cuenta de su impuesto, y usted declara la ganancia o la pérdida. Después se regulariza la diferencia.
Cómo le ayudamos con el IRNR
- Revisión de su situación. Comprobamos qué tiene que presentar, por qué inmuebles y rentas, y si hay ejercicios pendientes.
- Declaraciones. Preparamos y presentamos sus declaraciones en plazo y le enviamos el justificante.
- Venta de su vivienda. Calculamos la ganancia, revisamos la retención y tramitamos la devolución si procede.
- Calendario. Le avisamos cada año de lo que toca presentar, para que no tenga que estar pendiente desde su país.
- Regularización. Si hay años sin declarar, le explicamos cómo ponerse al día y lo tramitamos.
Doble imposición: su país y España
Las rentas de su vivienda en España pueden tributar también en su país de residencia. Los convenios para evitar la doble imposición que España tiene firmados con muchos países reparten quién grava qué y cómo se evita pagar dos veces. Revisamos el que le corresponde y coordinamos, si hace falta, con su asesor en su país.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que declarar mi casa en España aunque no la alquile?
Normalmente sí. La normativa considera que la mera titularidad de una vivienda que no es su residencia habitual genera una renta que se declara cada año.
¿Qué pasa si no he presentado el impuesto de años anteriores?
Se puede regularizar. Conviene hacerlo antes de que Hacienda lo requiera, y también antes de vender, porque se revisa en la operación.
¿Puedo deducir gastos del alquiler?
Depende de su país de residencia: la normativa permite deducir determinados gastos a residentes de la UE y del Espacio Económico Europeo. Lo revisamos con usted.
¿Necesito un representante fiscal en España?
En algunos casos la normativa lo exige y en otros es simplemente práctico. Le decimos si es su caso y podemos actuar como tal.
¿Qué ocurre con la retención cuando vendo?
El comprador retiene una parte del precio y la ingresa a Hacienda a cuenta de su impuesto. Si la retención supera lo que le toca pagar, se puede solicitar la devolución.
